Ya se ha aprobado el Nuevo Reglamento General de Conductores y los principales cambios van dirigidos a las motos y ciclomotores.
Se creará un nuevo permiso de conducción de moto llamado A2 con el que se podrán conducir motos de hasta 500cc y 47 CV (35 Kw). Para poder acceder a este carnet hay que tener 18 años y superar las pruebas teóricas y prácticas. Si se tiene el A1 con más de dos años de antigüedad y se desea obtener el A2, sólo habrá que someterse a las pruebas prácticas.

DGT
Para obtener el A, que ahora se puede hacer directamente con 18 años, habrá que tener los 20 cumplidos y tener al menos dos años de antigüedad con el A2.
Estos cambios tratan de hacer progresivo el acceso a motos de gran cilindrada, así se ‘garantiza’ (aunque puedes tener el carnet dos años y no montar ni un día en moto) mayor experiencia y seguridad.
Un problema que le veo es la limitación en la cilindrada, ya no puedes tener la supersport de tus sueños aunque sea limitada hasta que no tengas el carnet apropiado. Por otro lado, así se elimina de un plumazo la tentación de limitar la moto ‘sólo en papeles’, algo totalmente ilegal y muy extendido entre los que tienen el actual carnet limitado (que sepáis todos los que tienen hecha esta trampa que en caso de accidente el seguro no se responsabiliza, porque estáis conduciendo un vehículo para el que no tenéis el carnet apropiado, lo mismo que si conducís un camión teniendo sólo el carnet de coche).
Estos cambios entrarán en vigor seis meses después de que se publiquen en el BOE.
Suerte que ya me queda poco para quitar la limitación porque sino viene uno con el A2 y 47CV y aun me dejaría atrás a mis 34CV…
Las motos de 500cc son escasas, no? GS500, alguna Honda… Si sacaran alguna de 500CV con mas de 47CV habría que limitarla, no?
Fitti a mí me queda un año de limitación y seguro que me pasarán los niños del A2 por los laterales, jajajajajajaja.
Tendrán que abrir más el mercado de las 500cc en España, porque hay pocas opciones. Aunque para mí muy bien, porque voy a poder vender muy bien mi moto.
Jejejeee, si sacan una con 500 CV… ¡¡Me la pido!!
En serio, la ciclindrada no puede exceder de los 500cc, pero la potencia tampoco puede ser superior a os 47 CV.
Vamos, que si eres uno de los pocos afortunados que tiene una Yamaha RD 500, te toca limitarla o sacarte el carnet gordo.
¡Joder! A la mía la tendrán que limitar 3CV, porque tiene 50 CV.
¡Vaya mierda!
Pues yo aprobé el A el 01/07/08 y tengo una maravillosa GS500F de 2007 que mis buenos momentos me está dando, limitada en 34cv fisicamente que con la nueva normativa podré deslimitarla a sus 47cv reales.
¿Para cuando podremos?
ISIMAC, tu tienes el A, no el A2. Tendrás que esperar los 2 años para quitar la limitación, la nueva normativa no te afecta.
Así lo veo yo…
Showy, lo del seguro no es del todo correcto.
Si la compañia te ha realizado el seguro con un modelo limitado, no te cubre.
Pero si la compañia te lo ha realizado deslimitado, ha aceptado el riesgo siendo consciente del mismo, y ha emitido la poliza despues de revisar la documentacion, si cubre.
Yo no los hago limitados nunca por esa razon.
Ya ves, Morgan, te ha bajado dios a ver!!! XDXDXD
Gracias por la aclaración Dantorrecilla, siempre se aprende algo nuevo.
No hay de que.
Siempre se trata de no engañar a la compañia, porque en realidad te engañas a ti mismo.
Hay un axioma en el mundo del seguro que reza:
“Lo que no le pagues a la compañia, no te lo va a cubrir”.
Lo mejor es siempre ir de cara. Casi siempre se puede buscar alguna solucion.
tener cuidado con lo del seguro… La mayoría de compañías incluyen una cláusula que pone que garantizas estar capacitado legalmente a llevar la moto que declaras en el seguro. Si llevas una moto sin limitar cuando debería ir limitada no estás cumpliendo esa cláusula, con lo que no te cubren.
No, Jota.
Esa clausula se usa en caso de que engañes a la compañia, o sea, que les des una fecha de carnet que en realidad no existe, o cualquier dato inexacto o falso que proporciones.
Cuando la compañia, sabedora de los datos que les facilitas, acepta la realizacion del contrato de seguro, admitiendo conscientemente el riesgo, no puede negarse a cubrirlo.
Incluso si la compañia directamente aceptase el riesgo de una CBR a un niño de 12 años sin carnet, si lo hace sabiendo que esto es asi, estaria obligada a cubrir el riesgo. (las multas ya irian de tu cuenta)
No tiene nada que ver.
En el caso concreto, seria de aplicacion en el caso que le realizaras el seguro, especificando que la moto esta limitada, y tengas un año de carnet, por ejemplo, y la lleves en realidad deslimitada.
En este caso, estas conduciendo una moto, que la compañia no es conocedora del riesgo, que no lo ha aceptado, puesto que el que ha asegurado es otro distinto, que no ha cobrado un justiprecio por el y que no estas capacitado para llevarla.
Entonces si se DEBERIA desentender del riesgo. O al menos cubrirlo y luego repetirlo o bien contra ti, o bien contra el consorcio, que a su vez repetiria contra ti en todo caso.
Tu hazme caso, que para algo soy corredor de seguros, y me ando todo el dia entre estas cosas.
Por eso precisamente digo que yo no los hago limitados, para evitar toda esta casuistica.
Yo acepto el riesgo de la moto deslimitada para alguien, solo exijo que tenga carnet en vigor, y listo.
Aparte, tambien es una clausula de aplicacion en los casos de retirada de carnet.
O cuando tienes el B, y dices que tienes el A.
Casuisticas ya las que sean.
Pero que quede claro:
- Si la compañia es consciente de la deslimitacion del vehiculo, y de tu tiempo de carnet, y lo acepta, no hay clausula que sirva. No estas mintiendo, y pagas por el riesgo que exactamente tienes.
Espero haber aclarado algo el tema.
Si os surge alguna duda mas, hacedmela saber, y tratare de resolverla.
Es decir, yo me he sacado el carnet el 20 de abril 2009. Para poder conducir dentro de dos años una moto de 500 debo de sacarme otro carnet?
Por ejemplo la Yamaha T-Max tiene 499cc y 43,5cv, una moto un poco cara pero para el A2 viene que ni pintada.
Bueno si yo tengo el B y tengo mas de 2 años con moto 125 a mi nombre para sacarme el A2 ¿ tendría que hacer los exámenes correspondientes (teórico,pista y ciudad)? ¿o los de aptitud?
Miki según he leido, Teórico de moto, pista y ciudad, porque el común ya lo tienes (por el B).
Se sabe cuando apareció lo del A2 en el boe?, con 30 años y sin A y mi sueño es tener la africa twin, hasta que no me jubile no podré tenerla…
saludos
Hola,
Os puedo contar cómo está el tema ahora mismo, porque soy una de las que está en el “limbo” (como decimos en mi autoescuela).
Tengo 11 años del B, y este verano empecé a sacarme el A. Sólo tuve que hacer el teórico específico del A (si no tuviera el B, tendría que haber hecho también el teórico genérico). Luego me quedaba el práctico de maniobras (en circuito cerrado) y el práctico de circulación. Este mismo viernes me presento al de maniobras. Si apruebo, tengo hasta el 9 de diciembre para presentarme al de circulación (pues se cumplen los 6 meses desde el aviso en el BOE del nuevo carnet A2) para obtener el A.
Si suspendo cualquiera de los dos, los siguientes examenes que hiciera serían para la obtención del A2, pues las pruebas son las mismas. Y en tal caso, tendría que esperar 2 años para presentarme a otro examen (creo que será similar) para la obtención del A.
Vamos, más me vale aprobar este viernes
. Si tenéis más dudas, preguntad, porque como véis estoy en medio de todo este lío…
Abrazos!!!
Suerte cosita!!!
^_^ mil gracias!!!! ya os contaré!!!!
cosita mucha suerte con tu examen, a ver si lo apruebas y a los siguientes GPs te vienes con tu propia moto.
^_^ mil gracias Morgan!!! Ya me gustaría a mí eso de acompañaros con mi propia moto… qué nervios!!!!!
La DGT ha querido sacar tajada y pretende dar el A2 a la gente que tenga el expediente en tramite, sin respetar las solicitud que se hace cuando se pagan las tasas, ni tampoco la validez de 2 años de las pruebas.
Con los que se esten sacando el D si les respetan el examen y la solicitud y no les dan el D1.
A quien este examinandose del A, que lo sepa: TIENES DERECHO A LO QUE HAS SOLICITADO, que no os engañen, ni la DGT ni en la autoescuela. Quejaros, denunciad y reclamad a quien haga falta. Para mas informcion podeis escribir a dinoaladgt@hotmail.com.
holaa motero_mosqueao, a mi me ha pillao ese ma rron del que hablas, k puedo hacer??
me examine unos dias antes de que cambiara la normativa, todo a la primera y me suspenden en circulación y he llevado moto de siempre, increible!! se inventaron un semaforo inexistente para decir que me lo salte!! ggrrrr
total que subi a la semana siguiente y aprobe pero al pasar de la fecha unos 2 o 3 dias me dieron el maldito A2!! y yo pague todo lo del A1!! como decia sabes si se puede reclamar algo asi??
gracias de antemano…
saludos
La DGT ha indicado que han pasado los 6 meses (en realidad el día 9 de diciembre) desde que la nueva normativa fue anunciada en el BOE y que es tiempo suficiente para la adaptación. De lo que deduzco que quizás también son las autoescuelas las que no han sabido (o no han querido, en su propio beneficio) gestionar los tiempos.
No creo que esto se pueda reclamar a nadie; en caso contrario, ¿a quién?
Firmado: la más torpe del lugar, las paralelas como nunca las había pasado… pero los nervios me jugaron una mala pasada
…
Bueno, ya verás cómo la próxima lo haces perfecto. Pero no hagas luego un caballito para celebrarlo que es motivo de suspenso (eso hizo uno el día que yo fui a examen. Ver para creer)
Jeje, ya verás en enero pedazo de examen que voy a hacer
.
Pues si te digo que uno ni empezó el examen porque se le cayó la moto al llevarla caminando… eso si que no te lo crees!!!! XD
Para saber donde podeis reclamar pordeis pedir información en dinoaladgt@hotmail.com.
ánimo, cosita, y míralo por el lado bueno. Te vas a sacar el carnet justo cuando acabe el mal tiempo y vas a tener 9 meses para coger confianza y disfrutar de la moto
Oye cosita, me creo cualquier cosa. Que había que verme a mí con una Vespa, sentado casi en el asiento del pasajero y con las piernas abiertas para que no me golpease el manillar al hacer el slalom… Y con un casco de motocross de hace mil años (de los de visera con corchetes y sin mentonera) lleno de pegatinas de una colección de cromos de marcas… Vaya tela, parecía la Pantera Rosa.
Ánimo!!!
DGT igual a…… ladrones de mierda que solo buscais sacr el dinero a personas que estan luchando por sacrse un carnet necesario,sois unas sanguijuelas,espero que ojala (imposible)os quedeis todos en el paro
¡¡vagazos asqueosos!!que nos puedo ni mirar a la cara del tremendo asco que em llegais a dar
opino lo mismo que skjjjj son unos parasitos chupa-sangres
les ponia yo en la piel de una persona sin recursos que tiene que obtener un permiso!!rubalcaba y dgt —editado—!!!!
Señores, tranquilidad y buenas maneras. Por favor.
Se aceptan las críticas, pero no los insultos.
Gracias
Respuesta para 20ABRIL
que dijo
Es decir, yo me he sacado el carnet el 20 de abril 2009. Para poder conducir dentro de dos años una moto de 500 debo de sacarme otro carnet?
Te respondo
Eres el ejemplo perfecto de la entrada en vigor del nuevo carné
Como alguien tan tonto puede ir montado en una moto siquiera de 34cv ????
Gracias
Sergio, creo que esa no es la actitud correcta. La gente comenta sus dudas por si alguien les puede ayudar, no para ser insultados.
Además, este nuevo carnet genera bastante confusión y con los datos que nos ha dado 20ABRIL es posible que no esté tan claro como tú crees… ¿Qué carnet tiene 20ABRIL? Porque si tiene el A1 es normal que le hayan surgido incógnitas.
Dada tu prepotencia debes tener completamente claro este tema. Si es así, por favor, encárgate de solucionar todas las dudas que generan estos cambios. Te estaremos muy agradecidos.
saludos para todos.yo estoy metido de lleno en el frangollo.aprobé el teorico el 26/10/09 a la primera.despues tuve k esperar 1 semana para tener mis practicas en circuito cerrado (over bukking)en la autoescuela.despues tenia el examen (circ. cerrado) el dia 6/11/09 y tráfico lo “paso” para el miercoles siguiente.(con lo cual ya te “roban”un par de dias).aprobé.despues tienes k esperar la autorizacion de trafico para presentarte al k keda.en fin, una putada por k te kitan dias k pueden suponer el k te kedes fuera.a mi juicio los k nos presentamos al carnet a y aprobamos la teorica dentro del plazo(o sea antes de 09/12/09 deberian de respetarlo pero claro los k tienen en sus manos el cambio no lo ven así.es una putada!!!!!!.voy a informarme en dinoaladgt@hotmail.com pero me da la sensacion de k no sirve de nada.ojalá me ekiboke.
kuestion de dinero
hola,pues aunque esto tiene un tiempo, decir que el nuevo reglamento de conductores no limita la cilindrada en el carnet A2 solo limita la potencia a 47 cv pero cilindrada no habla nada, deberian informarse mejor antes de estar malinformando a la gente, pa eso en España tenemos el BOE y ahi esta bien claro:
BOE
El permiso de conducción será de las siguientes clases:
a) El permiso de conducción de la clase AM autoriza para conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos. No obstante, hasta los dieciocho años cumplidos no autorizará a conducir los correspondientes vehículos cuando transporten pasajeros.
b) El permiso de conducción de la clase A1 autoriza para conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW. La edad mínima para obtenerlo será de dieciséis años cumplidos.
c) El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
d) El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos pero hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.
saludos y por favor no metan miedo a la gente con tanta informacion sin contrastar
Hola Cuervo. Siento decirte que la fuente de esta información fue un comunicado oficial de la DGT, así que no había mucho que contrastar…
La información tiene casi 7 meses y ha habido cambios posteriores.
Un saludo y gracias por la información.
Estoy a tiempo de sacarme el A aunque tenga que llevar una moto limitida pero sin límite de cilindrada?Un Yamaha R6 por ejemplo, o cualquier otra…;creo que entendeis lo que quiero decir.Si alguien me lo aclara le estaré muy agradecido.Gracias de antemano.
a ver una duda que tengo, me saque el A el 29/05/2008 y la limitacion a 34 cv me dura hasta el 29/05/2010, pero si ahora entra el nuevo carnet el 9 de diciembre, significa que tengo que seguir limitado hasta 34 cv mientras que los nuevos pueden ir a 40 cv (o los que sean)?? o tengo que seguir con los 34 cv hasta que se me acabe la limitación y luego ya puedo llevar lo que me da la gana?
quien lo sepa y me pueda mandar información ya contrastada se lo agradeceria: kpo_bh@hotmail.com (gente seria)
hola kpo soy braki y intentare aclararte un poco.tu te sacastes el a antes de la entrada de la nueva normativa por lo tanto no te afecta. cuando se cumplan dos años desde k te lo sacastes podras kitar la limitacion a 34cv.yo si k tendre la limitacion a 47cv (35kw)y despues de pasados dos años tendre k superar otras pruebas para poder k la limitacion.eso si no lo remediamos antes con la recojida de firmas del bloc de ninoaladgt@hotmail.com .saludos para todos
Creo recordar que en el BOE no hacía referencia a la cilindrada (lo leí dos veces para estar seguro)..sino a que la potencia de la moto no debe duplicar a la de la limitación y la moto debe tener un peso mínimo de 175 kg.Es la única manera de no crear un vacío “mercantil” porque en este país apenas hay oferta de motos de 500…Así pues,por ejemplo una Fazer 600 de las modernas con 98 cv no puede ser limitada a 47 cv para ser homologada para el A2,en cambio una Suzuki Gladius 650,al dar 74 cv sí podría ser limitada porque su potencia máxima no duplica la de limitación.Por otra parte..está por ver qué van a hacer los fabricantes apartir de ahora…porque si se pueden limitar esas motos de no más de 94 CV y más de 175 kg….tal vez deban sacar nuevos kits de limitación homologados a 47 cv.
De todas maneras,yo necesito llevar una moto más potente en breve y aunque tengo el A1 de la vieja escuela (3 años de B1 + examen teórico),no he podido sacarme el A por motivos de dinero…así que me sacaré el A2 por narices y luego ya veremos qué moto compraré.
Hola,
Como sigo dándole vueltas al tema… Estoy con Cuervo, en el BOE (http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/NotasDePrensa0022.pdf) no indica nada de cilindrada, sí de potencia (máximo de 47 CV). Sin embargo en las notas de prensa de mayo sí hablaba de cilindrada máxima de 500cc (http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/notaprensa140.pdf).
Lo que no se es de dónde se sacó la gente lo de los 400 cc. (salvo por limitaciones de mercado), y sobre todo… lo que cuentas, Alex… me lo ha dicho más gente, pero no encuentro nada al respecto.
Saludos, y gracias.
Pues ahora me haces dudar,pero creo que entre un BOE y una nota de prensa de la DGT,lo quemanda es el BOE que a fin de cuentas es lo que irá a misa…Mañana,si tengo un momento me acercaré a la autoescuela a ver qué me cuentan…
hola, pues si lo q manda es el BOE, la nota de prensa puede ser pa informar de una propuesta o lo q sea, pero lo legal es lo q sale en el BOE.lamentablemente la gente se hace eco de lo que mas visitas provoca en sus paginas o blog y “vende” más la polemica de la cilindrada que la verdad de la limitacion de potencia a 47 cv, mucho mas q la limitacion que hay ahora y suficiente para la mayoria de usuarios del A jeje pero bueno saludos a todos y tengan el q tengan A o A2 que vayan con cuidado
Estoy hasta los mismisimos de presentarme al puto carnet de moto. Acabo de suspender por tercera vez… las dos primeras por el tiempo, es decir que hago todo bien y por tardar 27″ en vez de 25″ ya no vale!!!!!!!!!!!!!!!! y esta última me caí justo al finalizar el circuito pq había helada (-4ºC) suspendo también!Tengo habiendo hecho todo bien!! LOS TIOS SE FORRAN A COSTA DE TODOS!!!!!!!!!!
Hola buenas, tardes. A ver si alguien puede ayudarme ya que no lo tengo nada claro y parece ser que en las autoescuelas tampoco. Estoy sacandome el carnet de moto A2, y un compañero de trabajo tiene una HONDA HORNET 600 Del año 2007 limitada a 25kw, yo puedo comprarsela??
por favor que alguien me informe. Gracias.
Victor_79
Si la moto DESLIMITADA tiene más de 94 CV olvídate.
pero si la moto ya esta limitada? es que en la autoescuela me han dicho que si esta limitada antes de la fecha en la que cambio la normativa no hay problema, eso es cierto?
no sabría que decirte..yo he interpretado el BOE al pie de la letra:motos limitadas a 35 kw que no procedan de motos de más del doble de potencia…lo que en CV se queda en una limitación a 47 CV y no se pueden limitar motos de más de 94 cv…pregunta mejor en el departamento de tráfico…yo creo que lo que cuenta es la fecha de carnet,no la fecha de limitación de la moto.
Puedo conducir una virago de 535 cc y 46 cv con el a2? Gracias
pues por cilindrada en principio no se adapta