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03/01/2008

Control de alcoholemia a motoristaUn juez de La Palma ha condenado a un motorista a pena de multa, trabajos en beneficio de la comunidad y pérdida definitiva del carnet de conducir por cuadriplicar la tasa de alcoholemia permitida. Aparte de esto, el chavalito no era una joya, porque era reincidente “y contaba con antecedentes policiales por circular bajo la influencia de bebidas alcohólicas”. Y, por eso, ¡tenía retirado el carnet de conducir en el momento en que le hicieron el control de alcoholemia! Ya hay que estar loco, hombre.

El juez aplicó una medida novedosa que se contempla en la reciente reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial, consistente en la pérdida del carnet de conducir bajo los supuestos que hemos explicado anteriormente. La nueva legislación establece que cuando la pena impuesta lo fuere por un tiempo superior a dos años comportará la pérdida de vigencia del permiso de conducción.

Estos hechos ocurrieron hace una semana, cuando el motorista cuatriplicó la tasa de alcoholemia permitida en un control rutinario y los policías allí presentes le arrestaron por ello. Luego, se comprobó que el individuo era reincidente y, que además, estaba cumpliendo una condena de retirada de carnet de conducir. Al día siguiente a la denuncia, tuvo un juicio rápido y fue condenado.

Y, ¿ahora qué? Pues a volver a examinarse del carnet de conducir en Tráfico, después de haber cumplido condena.

Vía | Menéame, Diario de Mallorca



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